
En el dictamen, la Corte le concedió al represor Luis Muiña -sentenciado en 2011 a 13 años de prisión por secuestro y torturas durante un operativo militar en 1976- el beneficio de una ley que computaba doble los días en prisión sin condena firme, es decir cuando la pena ha sido apelada. La norma en cuestión, ya derogada, nunca había sido aplicada a condenados por delitos de lesa humanidad, sino solo a presos comunes.